Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Empresas

Cómo tributan las cestas de Navidad

Por Redacción Capital

Normalmente a final de año inician una serie de cuestionamientos en las empresas, específicamente en los departamentos de facturación sobre los impuestos deducibles y las tributaciones de las cestas de Navidad que suelen ser dadas como regalo entre particulares y a nivel empresarial. Por lo anterior, la empresa especialista en lotes y cestas de Navidad Sadival ofrece al público una guía completa de información y recomendaciones sobre la tributación de este tipo de productos a través de la agencia tributaria.

De esta forma, para que un regalo no se convierta en una carga tributaria o un problema con Hacienda es importante conocer ciertos por menores que ayudaran en la tramitación del pago de impuestos los mismos.

En este sentido es menester que las personas conozcan que según la Ley de Impuestos de sociedades que establece los gastos deducibles, menciona explícitamente que las cestas de Navidad son un impuesto deducible cuando son costumbre de la empresa. En consecuencia la empresa debe tener un comportamiento reiterado en la entrega de estos regalos, bien a los clientes o al personal, para que sea considerado como una conducta habitual de la empresa y no un acto esporádico de un solo año. En este sentido es necesario que la empresa cuente con los documentos necesarios para probar que efectivamente la entrega de estos regalos es una costumbre empresarial.

Cumpliendo con el requisito anterior, es necesario que la empresa justifique el pago, es decir, que los regalos a los empleados se traten como una retribución en especie reflejada en la nómina. Igualmente debe contarse con el certificado de retención de cada empleado, entre otros documentos esenciales para los trámites con Hacienda.  

Sin embargo y de acuerdo con la Ley de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece que no pueden deducirse gastoso como las cuotas soportadas en la adquisición de bienes o servicios dirigidos a clientes, asalariados o terceros. En este sentido en principio el IVA no es deducible de las cestas navideñas, pero se excluyen de este acápite ciertos obsequios que no superen un valor establecido por la mencionada Ley, caso en el cual si la cesta navideña lleva el logo de la empresa y no cuesta más de lo establecido por la Ley puede ser deducible de IVA.

En este sentido,  es menester que cuando se adquieran cestas de navidad se conserve la factura en donde se establezca que se trata de un regalo personalizado en el cual se incluye el logo de la compañía que lo regala, de forma que se pueda justificar el gasto perfectamente al momento de tributar. Igualmente es menester que la empresa tenga en cuenta que la deducción por gastos a clientes o proveedores está limitado legalmente por el 1% del negocio del periodo tributado correspondiente.

Como se puede observar, los tramites para la tributación de las cestas de navidad al igual que los demás gastos tributables requiere de unos procedimientos específicos que deben cumplirse a cabalidad con el fin de no incurrir en actos que constituyan una sanción ante hacienda y ocasiones perjuicios a nivel empresarial mayores que los que se quieren lograr con el regalo navideño. Por lo anterior, se recomienda a las empresas, específicamente a los departamentos de facturación, contemplar los pasos acá reseñados o asesorarse de expertos fiscales con amplio conocimiento en temas de tributación.

Fuente de la imagen: https://pixabay.com/es/

]]>

Únete a nuestra Newsletter

A través de nuestra Newsletter con Capital te hacemos llegar lo más importante que ocurre en el mundo de la #economía, los #negocios, las #empresas, etc… Desde las últimas noticias hasta un resumen con toda la información más relevante al final del día, con toda comodidad.