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Revista Capital

Portugal retrasa el uso de la factura electrónica al año 2020

Por Redacción Capital

Portugal retrasará el uso de la Factura Electrónica hasta abril del año 2020 según informa los Servicios Financieros Compartidos de la Administración Pública (eSPAP), entidad que dará soporte para la emisión y recepción de Facturas Electrónicas y que llevará el control de su correcta implementación de cara a los contratos con la Administración, informa ZeroComa.

Así lo ordena el Decreto-Ley 123/2018 del 28 de diciembre que determina la obligación de las autoridades públicas a recibir y procesar las facturas electrónicas, una medida que se hará tangible a través de su obligatoriedad y que supone un paso más en la adaptación digital de las compañías y organismos públicos. El sistema de facturación electrónica supondrá un paso imprescindible en la relación entre la Administración y sus proveedores, y viceversa. Este requerimiento en cumplimiento de la legislación portuguesa, al igual que sucede en España, deberá garantizar la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

Es de tal magnitud el proceso de transformación digital de las organizaciones a través de la Factura Electrónica que el Gobierno portugués quiere hacerlo de forma gradual para que los distintos agentes puedan garantizar la adecuada gestión del cambio en este proceso.

La demora en la instalación de este proceso, según informa los Servicios Financieros de la Administración Pública, no significará que desde este mismo año no se empiecen a constituir los primeros pasos hacia la implantación final.

Así, las autoridades públicas de Portugal estarán obligadas a recibir y procesar facturas electrónicas desde las siguientes fechas clave: 18 de abril de 2019, en el caso de contratistas públicos pertenecientes al Estado (Administración Directa y Órganos Soberanos) e Institutos públicos, y 18 de abril de 2020 en el caso de Comunidades Autónomas, autoridades locales, entidades administrativas independientes, el Banco de Portugal, fundaciones y asociaciones públicas, así como otras entidades cubiertas.

Para los proveedores privados de la Administración Pública, la obligación de emitir facturas electrónicas se pondrá en marcha más tarde, siendo las fechas fijadas para su desarrollo el 18 abril de 2020 para las grandes empresas, y el 1 de enero de 2021 para todas las demás.

Esta medida, que regula y estandariza el uso de la facturación electrónica en el marco de los contratos públicos se establece conforme a la normativa europea de Facturación Electrónica (Directiva Europea 2014/55/UE), pretende poner en común este procedimiento en todos los estados miembros. La Factura Electrónica permitirá eliminar los obstáculos al comercio derivados de la facturación tradicional de papel, y entre los que se encontraban la demora del ciclo de pagos, los costes operativos y de transacción así como los procedentes de seguridad y resguardo de facturas.  

La eSPAP será la que proporcione una plataforma para la transmisión de la Factura Electrónica que ya está funcionando en algunas entidades piloto.

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