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Comienza la Campaña de la Renta 2018

Por Redacción Capital

Este martes comienza oficialmente la Campaña de la Renta 2018 al abrirse el plazo para que los contribuyentes presenten sus declaraciones, que tendrán la exención a las prestaciones de maternidad y paternidad como principal novedad.

Antes de esta apertura oficial del plazo para presentar la declaración, los contribuyentes ya podían consultar sus datos fiscales y pedir el número de referencia desde el pasado 15 de marzo, a través de la aplicación móvil que la Agencia Tributaria lanzó en la campaña de 2017.

Asimismo, desde ayer, lunes, los contribuyentes pueden solicitar cita previa para el servicio ‘Le llamamos’, por el que pueden pedir asistencia telefónica a la Agencia Tributaria para elaborar su declaración.

Desde hoy los contribuyentes podrán presentar su declaración por vía telemática, a través tanto de la web de la Agencia Tributaria como de la aplicación móvil, mientras que el 9 de mayo se abrirá el plazo para pedir cita previa para ser atendido en las oficinas de la Agencia, que iniciará la atención presencial el 14 de mayo.

Posteriormente, el 26 de junio está fijado como la fecha límite para indicar la domiciliación bancaria de las declaraciones a ingresar, mientras que el 28 de junio será el último día para solicitar la cita previa y el 1 de julio se cerrará el plazo para presentar la declaración.

De cara a esta Campaña de la Renta 2018 la principal novedad es que las prestaciones por maternidad y paternidad están exentas de ser declaradas, después de que en octubre de 2018 el Tribunal Supremo determinase que, de acuerdo a la Ley de IRPF, las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social debían quedar exentas de la retención de IRPF, mientras que la Agencia Tributaria venía aplicando la retención al considerar que las prestaciones sustituían al salario del beneficiario.

Esta sentencia del Supremo dio lugar a que en diciembre el Ministerio de Hacienda habilitase un procedimiento para que aquellas personas a las que se había retenido el IRPF de forma indebida en dichas prestaciones entre 2014 y 2017, los años no prescritos, pudieran reclamar su devolución.

Asimismo, otra novedad de esta campaña es que el mínimo exento de hacer declaración del IRPF se eleva hasta las rentas de más de un pagador inferiores a 12.643 euros, un mínimo que en 2019 será de 14.000 euros.

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