Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Revista Capital

El Gobierno aprueba que el IVA del comercio electrónico sea el del país de destino de la compra

Por Redacción Capital

El Consejo de Ministros aprobó este martes el Anteproyecto de Ley que traspone dos Directivas de la UE sobre el IVA del comercio electrónico para que tribute en el país de destino y también reduce notablemente las cargas administrativas y los costes de gestión del IVA para los profesionales y empresarios que realicen ventas transfronterizas, informa Servimedia.

En concreto, el anteproyecto modifica la Ley del IVA para transponer dos Directivas comunitarias de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2021.

Estas operaciones quedan sujetas al IVA en el Estado miembro de llegada de la mercancía o de establecimiento del destinatario, por lo que consolidan la generalización del principio de tributación en destino en las operaciones transfronterizas en el IVA.

En un principio, el sistema del IVA estaba pensado como una tributación en origen, es decir, las operaciones estaban sujetas a IVA en el Estado miembro del proveedor al tipo de ese país. Sin embargo, el empuje de la economía digital que permite a los consumidores adquirir fácilmente bienes y servicios de proveedores de todo el mundo ha provocado una regulación basada en la tributación en destino.

Por otra parte, las trasposiciones de las directivas también generalizan la ventanilla única, que actualmente solo se aplica a determinados servicios prestados por vía electrónica, servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

Este sistema consiste en que un empresario no tiene que darse de alta en cada Estado miembro en el que vaya a realizar entregas de bienes o prestaciones de servicios, sino que solo deberá identificarse en la administración tributaria del país en el que esté establecido, donde presentará sus declaraciones e ingresará el IVA.

Es decir, el empresario deberá repercutir en factura el IVA correspondiente a cada país en el que estén establecidos los consumidores, pero declarando dicho IVA e ingresándolo solo en el país en el que esté identificado el empresario. Ese país hará llegar esa recaudación al Estado de consumo del bien o servicio.

Por otro lado, las Directivas que se transponen involucran, por primera vez, a los titulares de las interfaces digitales que facilitan el comercio electrónico, que se convierten en colaboradores de la propia recaudación, gestión y control del impuesto.

Únete a nuestra Newsletter

A través de nuestra Newsletter con Capital te hacemos llegar lo más importante que ocurre en el mundo de la #economía, los #negocios, las #empresas, etc… Desde las últimas noticias hasta un resumen con toda la información más relevante al final del día, con toda comodidad.