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El Tribunal Supremo declara no abusiva la cláusula del IPRH

El Tribunal Supremo español ha afirmado este miércoles que no ha apreciado abuso de mercado en el análisis de cuatro casos vinculados al polémico Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), aunque sí una falta de transparencia en la constitución de las hipotecas afectadas por no informarse de la evolución de este tipo de interés. Según ha comunicado el alto tribunal, "en los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea), ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores". Sin embargo, “siguiendo también la jurisprudencia del TJUE, ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad". Esta decisión del Supremo llega después de que el Tribunal de Justicia Europeo alegase en marzo que correspondía a la justicia española decidir caso por caso si las cláusulas eran abusivas y decidir la posible aplicación de un tipo de interés alternativo. Tras conocer la noticia las patronales bancarias la han festejado. “El Tribunal ha zanjado el asunto no declarando abusiva la cláusula del IPRH, confirmando el criterio del propio tribunal y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la validez de la utilización del índice y que no es abusivo”, ha declarado el portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB), José Luis Martínez Campuzano. Las hipotecas ligadas al IRPH, que se comercializaron de forma generalizada en 2007 y 2008, fijaban tipos más altos que el del Euribor y no permitían que los clientes se viesen favorecidos por todo el recorte en los tipos de interés del Banco Central Europeo. Unos años más tarde, en 2013, el Gobierno español suprimió el IRPH alegando que era injusto, lo que llevó a muchos clientes a llevar a…
Los afectados por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) tendrán que esperar hasta el 10 de septiembre para conocer las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre su posible aplicación abusiva. Mientras tanto, según señalan desde el comparador bancario HelpMyCash.com, los que tengan una hipoteca ligada a esta referencia pueden sustituirla por el euríbor para pagar menos cada mes sin necesidad de interponer una demanda judicial. En concreto, se puede hacer de tres maneras sin perder el derecho de reclamar posteriormente lo pagado de más por esta tasa: con una novación, con una subrogación o con un nuevo crédito hipotecario. 1. Novación: llegar a un acuerdo con el banco La novación consiste simplemente en modificar la escritura original de la hipoteca a través de un acuerdo con el banco. Esta operación permite cambiar cualquier cláusula, así que con ella podemos eliminar el IRPH de nuestro préstamo y sustituirlo por el euríbor o por un interés fijo. De este modo, según HelpMyCash.com, podemos llegar a ahorrar casi 1.200 euros de media cada año. Este método, sin embargo, cuenta con una pega: es imprescindible que el banco esté de acuerdo. Ahora mismo, las hipotecas ligadas al IRPH les dan más dinero a las entidades que las referenciadas al euríbor, así que es posible que nuestra solicitud de novación sea rechazada. En otros casos, puede que se nos exija algo a cambio, como subir la vinculación, aumentar bastante el diferencial, etc. Además, la novación no sale gratis. Para llevarla a cabo hay que pagar los gastos asociados a su formalización: una posible comisión que suele ser de entre el 0,1% y el 1% del capital pendiente, los aranceles notariales y registrales y los honorarios de la gestoría. Aun así, desde el comparador aseguran que estas costas…